Cooperativas

Son asociaciones autónomas de personas, que se unen voluntariamente para hacer frente a sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes por medio de una empresa de propiedad conjunta y democraticamente controlada.

Fines

I. Promueven los valores de los Derechos Humanos, de la inclusión social y el desarrollo integral del ser humano.

II. Contribuyen al desarrollo socioeconómico del país, participando en la producción, distribución y consumo de bienes y servicios.

III. Fomentan la educación y formación impulsando practicas que consoliden una cultura solidaria, creativa y emprendedora.

Fines, CROC, 2023

Tipo de
cooperativas:

Promovemos a las cooperativas desde el mundo del trabajo, porque impulsan el trabajo decente en el marco de: Los objetivos de desarrollo sostenible de la agenda 2030 y la transición justa.

Consumo de bienes y/o
servicios

Obtienen artículos, bienes y/o servicios para los socios, sus familias o para el beneficio de sus actividades productivas.

Productores de bienes y/o
servicios

Producen bienes y/o servicios, aportando su trabajo personal, físico o intelectual.

Pueden almacenar, conservar, transportar y comercializar sus productos.

Ahorro y prestamos

Como SefiCroc Todos los beneficiarios deberán ser socios.

¿Cómo constituir una Cooperativa?

1

Integrarse con, al menos, cinco socios.

Mayores de 18 años. Que cuenten con acta de Nacimiento, CURP, INE y comprobante de domicilio.

2

Definir la actividad de la cooperativa.

Consumo o producción de bienes y servicios. Se sugiere definir la actividad en base a su experiencia, las necesidades de los socios y comunidad.

3

Elegir el nombre de su cooperativa.

Entre todos los socios, acuerdan el nombre que llevará su empresa cooperativa. Cada socio tiene voz y voto por igual.

4

Solicitar el uso del nombre de su cooperativa.

A través del portal https://mua.economia.gob.mx con la E.FIRMA vigente de algún socio. Una vez autorizado se tendrán 180 días para culminar el proceso.

5

Elaborar estatutos constitutivos.

Certificar el acta ante notario o fedatario público. El art. 12 de la Ley General de Sociedades Cooperativas permite que el acta también sea avalada por Presidente Municipal, Secretario o Delegado Municipal.

6

Solicitar el RFC de la cooperativa al SAT.

El representante social, acudirá a la oficina del SAT, para que le otorguen el servicio de "Inscripción de Personas Morales" y obtenga la Constancia de Situación Fiscal.

7

Inscripción del acta en el RPP.

Se inscribe el acta con sus anexos, al Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado que corresponda.

8

Avisar a la SE el uso del nombre solicitado.

Por medio de un escrito libre informar a la Secretaría de Economía que hicieron uso del nombre de su cooperativa. Trámite gratuito.

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